VISTO:
Que la Directora de Recursos Humanos señora MARÍA LUCRECIA RAMOS D.N.I. 24.750.661, Clase 1.975, Legajo Nº 1620, ha solicitado licencia por descanso anual, y
VISTO:
Que Director de Economía Popular Social y Solidaria (EPSyS), agente municipal señor GUILLERMO DANIEL MARTÍN D.N.I. 30.382.344, Legajo Nº 1648, Clase 1.984, ha solicitado licencia por descanso anual proporcional año 2.019, y
VISTO:
Que el Asesor Legal Doctor ARGAÑIN JORGE MARTÍN, abogado, tomo XIII, Folio 179, del C.A.B.B., D.N.I. 28.570.910, ha solicitado licencia por descanso anual año 2.019, en forma proporcional; y
VISTO:
La solicitud de la Agrupación “Club Ciclista de Guaminí”, requiriendo autorización para poner en marcha una Rifa; y
VISTO:
La realización de la edición 2.020 de las fiestas de Carnaval en la localidad de Guaminí, organizada en forma conjunta entre la Municipalidad de Guaminí y diversas entidades de bien público locales; siendo la mayoría de ellas entidades educativas; y
VISTO:
El informe remitido por la Secretaria de Educación y Derechos Humanos Interina Señorita VICTORIA BARRERA de la Municipalidad de Guaminí, informando una beca, en la modalidad Educación a Distancia en el proyecto de Política Educativa Distrital ALDEA GLOBAL; y
VISTO:
La nota elevada por la Directora de Ceremonial y Comunicación Lic. Patricia Branda, informando que no cuenta con personal competente ni equipamiento tecnológico necesarios para realizar de camarógrafo, fotógrafo y actividades afines a la Comunicación del Municipio del Partido de Guaminí; y