VISTO:
La realización de las tercer y cuarta noches de la edición 2.020 de las fiestas de Carnaval en la localidad de Guaminí, organizada en forma conjunta entre la Municipalidad y diversas entidades de bien público locales, llevadas a cabo los días 15 y 16 de febrero de 2.020, y;
VISTO:
La solicitud de la Comisión Directiva del Club Social y Deportivo “Peñarol” de la localidad de Guaminí, requiriendo autorización para poner en marcha una Rifa; y
VISTO:
Que el Secretario de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Guaminí, Señor ERRAMUSPE JULIO CÉSAR D.N.I. 16.328.099, Clase 1.963, Legajo N° 2.081, ha solicitado licencia por descanso anual, y
VISTO:
El Decreto Nº 172/2.019 y la necesidad de actualizar los valores de las plantas que se encuentran a la venta en el Vivero Municipal de Guaminí; y
VISTO:
El telegrama colacionado remitido por la agente municipal señora QUIROZ LUCIA ITATI D.N.I. 26.234.863, Clase 1.977, Legajo N° 2212; y
VISTO:
La realización de las dos primeras noches de la edición 2.020 de las fiestas de Carnaval en la localidad de Guaminí, organizada en forma conjunta entre la Municipalidad y diversas entidades de bien público locales, llevadas a cabo los días 8 y 9 de febrero de 2.020, y;
VISTO:
El telegrama colacionado remitido por la agente municipal señora MARÍA ROSA CLAVERO D.N.I. 12.967.512, Clase 1.958, Legajo N° 423; y