Guaminí, 24 de Enero de 2.020.-
DECRETO Nº 126
VISTO:
La realización de la edición 2.020 de las fiestas de Carnaval en la localidad de Guaminí, organizada en forma conjunta entre la Municipalidad y diversas entidades de bien público locales; y
CONSIDERANDO:
Que dichas celebraciones gozan de un gran arraigo popular y permiten canalizar distintas expresiones culturales a la vez que favorecen el posicionamiento del Partido como destino turístico regional.-
Que una de las formas de atracciones es el sorteo de un automóvil entre los asistentes.-
Que las entidades coorganizadores necesitan contar con los fondos necesarios para la adquisición de dicho premio.-
Que en el cálculo de recursos aprobado para el presente ejercicio se cuentan con partidas suficientes provenientes de ingresos por el cobro de entradas a los corsos a desarrollarse durante la noche del día sábado 23 de Febrero de 2.020.-
Que se considera procedente que la Municipalidad otorgue subsidios a Instituciones a los fines de la realización de un evento, si las mismas efectúan la rendición de los gastos en los términos de la legislación vigente.-
Por ello:
EL INTEDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
D E C R E T A
Art. 1°: Autorícese el otorgamiento de un subsidio por el importe de Pesos ------------ Seiscientos Diecinueve Mil ($ 619.000) a la institución “Agrupación Gaucha Peregrinos de la Santa Cruz de la localidad de Arroyo Venado”
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para ser destinado a la adquisición de un automotor marca RENAULT, Modelo BB1K030 – KWID INTENS 1.0, Sedan 5 puertas, NRO. DE Serie J135587 – VIN 93YRBB006KJ801257 - Color 369 - Blanco Glaciar - motor B4DA405Q034896, que servirá como premio a sortear entre los asistentes al corso de Carnaval realizado en la localidad de Guaminí, la última noche el día domingo 23 de Febrero de 2.020: donde participan todas las entradas desde la primer noche a la última.----------------------------------------------------
Art. 2°: La entidad destinatario del subsidio otorgado mediante el artículo ------------ precedente deberán rendir oportuna cuenta del destino de los fondos en forma documentada conforme lo previsto por el artículo 131 del Reglamento de Contabilidad y el artículo 50 del Decreto 2980/00 (RAFAM).--
Art. 3°: Comuníquese, regístrese y archívese.--------------------------------------