Emergencia Sanitaria
CORONAVIRUS: AMPLÍAN EXCEPCIONES PARA TRASLADOS A FAVOR DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
En el marco de las medidas para frenar el avance de la pandemia del Covid-19; niñas, niños y adolescentes con progenitores no convivientes, podrán trasladarse hasta el domicilio de su madre, padre o referente afectivo para continuar allí con el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”.
El traslado podrá realizarse:
- Cada siete siete días (una vez por semana)
- Llevando consigo la declaración jurada, aprobada por la Resolución N°132/20 del Ministerio de Desarrollo Social. No es necesario imprimirla, se puede copiar a mano (https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/ddjj_padres_e_hijos_0.pdf?fbclid=IwAR116rQiIGICBC7blcOaMrQlAiFF6pIu-OwdzVd8rcu5YX2CO2uAVbhdfGE)
- Junto con el Documento Nacional de Identidad del niño, niña o adolescente, a los fines de corroborar la causa del traslado
- Siempre y cuando ello sea en marco del interés superior del niño, niña o adolescente, para resguardar sus vínculos afectivos
La medida fue impulsada por la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.