02929 - 432092

 

     Guaminí, 17 de Abril de 2.020.-

 

 

 

DECRETO N° 307

 


VISTO:

 

 

 

             La situación de emergencia sanitaria originada por la pandemia de COVD-19 y el impacto de la misma sobre la situación económica en general y sobre las finanzas del municipio en particular; y

 


CONSIDERANDO:

            Que se encuentra en vigencia  la emergencia pu
blica en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, Decreto PEN nº 260/2020, Decreto provincial nº 133/2020, Decreto municipal nº 246/20.-

 


            Que el Poder Ejecutivo Nacional, a travé
s del Decreto N° 297/2020 estableció́, para las personas que habitan en el país o se encuentran  en forma temporaria, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y la consecuente prohibición de circular, entre el 20 y el 31 de marzo, ahora prorrogada hasta el 10 de mayo de 2020 (DNU nº 408/2020), y nuestro Decreto Nº 268/20.-

 


          Que las severas restricciones dirigidas a prevenir y controlar la expansión de la pandemia y con ello preservar la salud y la vida de los habitantes de nuestro país, tiene fuerte impacto en todas las actividades humanas y en la mayoría de las actividades económicas.-

 


            Que en el caso de esta administración municipal ello repercute en alarmantes índices de reducción de los ingresos necesarios para sostener los servicios a su cargo, tanto por reducción de cobrabilidad de recursos propios como de los que se perciben periódicamente de las jurisdicciones provincial y nacional por diversos conceptos.-

 


            Que entre otras medidas tendientes a afrontar esta severa crisis, resulta inevitable tomar decisiones excepcionales para capear este imprevisto temporal.-

 

Por ello:

 

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

D E C R E T A

 

                                   

 

Art. 1°: Dispónese la reducción del veinte por ciento (20%) de las ------------------------- remuneraciones a percibir por el suscripto como Intendente Municipal del Partido de Guamini, correspondiente al  mes  de abril de 2020. Dicha reducción se aplicara sobre el haber básico y, en consecuencia, sobre los demás rubros salariales que se calculan en base al mismo.------------------------------------------------------------------------------

 


Art. 2°: Dispónese la reducción del diez (10%) de las remuneraciones --------------- correspondientes a la Plata Temporaria de funcionarios políticos municipales, correspondientes al mes de abril de 2020.  Las reducciones alcanzaran a Secretarios, Directores, Delegados Municipales, Contador, Tesorero, Jefe de Compras y Directores de Hospitales y Geriátricos, y serán aplicadas sobre el haber básico percibido en cada caso y, en consecuencia, sobre los demás rubros salariales que se calculan en base a los mismos.--------------------------------------------------------------------------

Art. 3° Los funcionarios alcanzados por la reducción de haberes --------------------- dispuesta  en el artículo precedente, podrán presentar oposición fundada a la misma, en el plazo de cinco (5) días desde notificados, justificando la exclusión en base a situaciones personales y/o familiares especiales.-----------------------------------------------------------------------------

Art. 4°:  Se instruye a la Secretaria de Hacienda y/o a la Contaduría ------------------ Municipal para proponer y gestionar el redireccionamiento de los fondos que resulten disponibles a partir de las reducciones de remuneraciones dispuestas, hacia las partidas correspondientes a la jurisdicción presupuestaria de atención a la salud pública que estimen más necesarias conforme los requerimientos de las reparticiones municipales dedicadas a tales servicios.------------------------------------------

Art. 5°: Comuníquese, regístrese y archívese.-----------------------------------