02929 - 432092

                                                            Guaminí, 13 de Marzo de 2.020.-

 

DECRETO Nº  246

 

VISTO:

 

             La declaración de pandemia por parte de la Organización Mundial de la Salud, con respecto al COVID19,  el expediente Nº EX-2020-05300813-GDEBA-SSPYCSMSALGP y las recomendaciones realizadas por el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, mediante las Resoluciones identificadas como RESO-2020-393-GDEBA-MSALGP y RESO-2020-394-GDEBA-MSALGP y  el reciente decreto N° 132/2020 dictado  de la Provincia Buenos Aires; y

 

CONSIDERANDO:

 

            Que el Departamento Ejecutivo debe adoptar medidas ante la situación actual y el cuidado de la salud de la población.-

 

           Que el COVID-19 produce enfermedades respiratorias, conociéndose que la principal vía de contagio es de persona a persona.-

 

           Que su rápida propagación supone riesgo para la salud pública y exige una respuesta inmediata y coordinada para contener la enfermedad  e interrumpir la propagación y el contagio.-

 

           Que las autoridades sanitarias Nacionales y Provinciales refuerzan las medidas preventivas relacionadas con el coronavirus, para proteger la salud de los argentinos a través de constantes medidas de prevención.-

 

           Que en el mencionado decreto en su artículo 8: invita a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, a adherir a los términos del Decreto o adoptar medidas de forma urgente, medidas de idéntico tenor.-

 

         Que es responsabilidad del  Gobierno Municipal tomar medidas que contribuyan a la prevención y contención del virus.-

 

Por ello:

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL DISTRITO DE GUAMINI

EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

                                           D E C R E T A

                                                                                                         ///

 

 

 

 

///

Art. 1º:  Declarar el estado de emergencia sanitaria en el ámbito del --------------------  Distrito de Guaminí,  por el término de ciento ochenta (180) días contados a partir del dictado del presente Decreto, a tenor de la enfermedad por el nuevo coronavirus.--------------------------------------------------------------

 

Art.  2°. Instruir a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social  a disponer ----------------  las medidas necesarias y/o de reorganización del personal que la situación de emergencia amerite para cubrir eficientemente la prestación del servicio de salud, facultándolo en forma expresa a suspender las licencias anuales del personal que preste servicio en los establecimientos hospitalarios y a resolver la contratación de personal temporario.-------------

 

Art. 3°: Suspender, durante un plazo de quince (15) días contados a ------------------  partir del dictado del presente decreto, en el ámbito del Distrito de Guaminí  la realización de todo evento cultural, artístico, recreativo, deportivo, social de participación masiva y, en forma consecuente, las habilitaciones otorgadas por el Municipio  para la realización de eventos de participación masiva, cualquier sea su naturaleza, comprendiendo también eventos organizados por terceros y privados, debiendo adecuarse al presente decreto.- El plazo establecido en el presente podrá ser prorrogado, según las recomendaciones efectuadas por el Ministerio de Salud. Las actividades y/o eventos que se encuentren programadas y cuya suspensión y/o reprogramación no resultare posible, deberán realizarse sin presencia de público, y aplicando en forma rigurosa las recomendaciones emitidas por las autoridades sanitarias.------------------------------------------------------------

 

Art. 4°: Establecer que los comercios del Distrito deberán colocar, en ------------------- lugares visibles, las recomendaciones sanitarias preventivas con respecto al COVID-19.---------------------------------------------------------------- 

 

Art. 5°: Establecer que la Secretaria de Producción, en forma conjunta ------------------ con la OMIC deberán controlar los precios de los productos cuyo uso son recomendados para la prevención.----------------------------------------

 

Art. 6°: Comuníquese a todas las dependencias municipales, cúmplase, --------------- publíquese, regístrese y oportunamente archívese.--------------------